¿Ya cuentas con un local comercial? Es momento de iniciar el papeleo para poner todo en orden.
En esta nota te explicaremos, en cinco pasos, el papeleo que tienes que realizar para que pongas tu nuevo negocio dentro de la legalidad, así que sigue leyendo.
1. Permiso de Uso de Suelo
Este permiso se tramita en las cabeceras municipales en el caso de los estados de la República y en la ventanilla única de cada delegación o en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Urbano cuando se trata de la Ciudad de México. Este trámite dura cinco días hábiles, su vigencia es de dos años y es renovable. Su costo en la Ciudad de México es de 891,50&MXN.
2. Aviso de Declaración de Apertura de Establecimientos Mercantiles
Este trámite se realiza en las cabeceras municipales en el caso de los estados de la República y en la ventanilla única de cada delegación o por Internet a través de la página Trámites CDMX cuando se trata de la Ciudad de México. En esa página el trámite es inmediato: se llena el formato, se imprime y se cuelga en el establecimiento. Este servicio es gratuito.
3. Licencias de Funcionamiento
Estas licencias sólo son para los establecimientos clasificados como de alto impacto, o los que tienen venta de bebidas alcohólicas. Este tipo de permiso consta de dos tipos: Tipo A para restaurantes y hoteles, y Tipo B para bares y discotecas. Su vigencia es de tres años y es renovable. Su costo varía según el estado (entre 6.000$MXN y 12.000$MXN aproximadamente).
4. Anuncio exterior
Este permiso se tramita en las cabeceras municipales en el caso de los estados de la República y en la ventanilla única de cada delegación cuando se trata de la Ciudad de México. Los costos y el tiempo para autorizar los anuncios varían dependiendo del estado en el que se realice el trámite y también por el tipo y el tamaño del anuncio.
5. La inscripción al Registro Federal de Contribuyentes
Como último paso, la empresa debe ser registrada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo el régimen que mejor se adapte a tu tipo de negocio. Si se trata de una persona moral, primero se debe registrar la Sociedad Mercantil ante la Secretaría de Economía (un trámite que puede realizarse por Internet). Puedes inscribir tu negocio hasta un mes después de abrir el local.
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